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SE DERRITE EL GLACIAR MACIZO ALVEAR DE FORMA IRREVERSIBLE: Modificaciones en la ley  
El Impacto- 25-02-2026 -
  Nota publicada por: El Impacto el 25-02-2026

Nota de origen:
¡Chau glaciar! En Tierra del Fuego, el macizo Alvear se redujo un 80%, y es irreversible
Enviada por: FAUBA , el 24-02-2026

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Un estudio reciente de la Facultad de Agronomía de la UBA (FAUBA) documentó que en 124 años, el macizo perdió cerca del 80% de su superficie de hielo y redujo su longitud a la mitad.

Esta pérdida no siempre ocurrió a la misma velocidad; sino que hasta 1979 su reducción fue de 1 hectárea por año y los años posteriores, la tasa de deshielo ascendió a 3,5 hectáreas al año.

Su longitud también perdió cientos de kilómetros, ya que su tamaño pasó de 2,3km a 1,1km y se partió en dos pedazos, haciendo irreversible su proceso, a menos que nazca una nueva glaciación. La principal causa de estas consecuencias, según expertos, se da por lastemperaturas medias y la disminución de las lluvias desde 1991.

Actualmente, en Argentina rige la Ley de Glaciares que desde el 2010 define como glaciar a toda masa de hielo, estable o que fluye lentamente, con o sin agua en su interior.
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Por ello, establece los presupuestos mínimos para la preservación de glaciares y ambientes periglaciares, ya que al definirlos como bienes de carácter público, se resguardan como reservas estratégicas de agua con el fin de proteger la biodiversidad, cuidarlos como fuente de información científica y valorarlos como atractivo turístico.

Asimismo, la ley impide la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias, la construcción de obras o infraestructura que pueda modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua.

Esto se debe a que en nuestro país existen alrededor de 16.968 cuerpos de hielo que ocupan una superficie de 8.484 km2 a lo largo de más de 5.000 km de extensión, desde Jujuy a Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Sin embargo, el Gobierno Nacional busca cambiar la ley de glaciares y redefinir el concepto de “ambiente periglacial”, es decir, áreas donde no necesariamente hay glaciares quese caracterizan por la presencia de suelo congelado y ciclos de congelación y descongelación del terreno. Por lo tanto, la actividad minera o la explotación de hidrocarburos quedaría a cargo de los gobiernos provinciales, quienes serán los que dictaminen /según su criterio/ cual glaciar es de interés hídrico o no.

Por lo tanto, la Ley de Glaciares quedaría obsoleta, a nivel nacional, si el Senado aprueba dicha modificación.