26 de Abril de 2024
Ingresar>> usuario contraseña
Registrarse
27715 Notas Publicadas
Cerrar Ventana
Otras noticias
Modificase la vigencia de las remuneraciones minimas para el Peon Rural
26-12-2013
Relacione esta noticia con otras del rubro general en la sección:
Noticias de hoy Suplementos agrarios Boletines de Entidades, Organismos y Empresas Cursos, Seminarios, Fiestas y Exposiciones
Información enviada por: UATRE

Por el presente se comunica, a los Sres. empleadores, instituciones del medio rural, y medios de difusión, que en virtud de lo establecido en la Resolución Nro. 87/12/2013 CNTA, respecto a la vigencia de las remuneraciones mínimas para el PEON RURAL en el ambito de todo el territorio nacional, MODIFICASE DICHA VIGENCIA, A PARTIR DEL 1ro DE DICIEMBRE, mediante Resolución Nro. 90/12/13, cuyo texto principal se emite a continuación :

Ministerio de Trabajo
Empleo y Seguridad Social

BUENOS AIRES, 20 Dic 2013

VISTO el Régimen de Trabajo Agrario, instituído por la Ley Nro 26.727, y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nro 87 de fecha 12 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO

Que mediante la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nro 87 de fecha 12 de noviembre de 2013 se aprobaron las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nro 26.727, en el ámbito de todo el país .

Que la entidad sindical UATRE ha solicitado adelantar la vigencia de los Anexos III y IV de la Resolución referida precedentemente, con motivo de las fiestas de fin de año y a los fines de que el aumento total acordado impacte en el sueldo anual complementario .

Que considerando las razones planteadas por la entidad sindical, el sector empresario haciendo un esfuerzo que contribuya a la paz social, manifiesta su conformidad con el pedido formulado .

Que los representantes del Estado en vista de la conformidad del sector sindical y del sector empresario se avienen a modificar la vigencia de los Anexos III y IV en los términos solicitados .

Que habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a la modificación de la vigencia de los Anexos III y IV corresponde establecer en consecuencia la vigencia de las remuneraciones mínimas establecidas en la Resolución CNTA 87 de fecha 12 de noviembre de 2013, en función de la voluntad unánime expresada a través del voto de las respectivas representaciones .

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nro 26.727 .

Por ello .

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE :

ARTÍCULO 1 - Modificase la vigencia de las remuneraciones mínimas del personal permanente de prestación contínua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nro 26.727 para las categorías establecidas en la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrarario Nro 4 de fecha 16 de junio 1998 en el ambito de todo el país y los montos topes indemnizatorios respectivamente establecidos en los Anexos III y IV de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nro 87 de fecha 12 de noviembre de 2013, la que será a partir del 1ro de diciembre de 2013 en lugar del 1ro de enero de 2014 .

ARTÍCULO 2 - Registrese, comuniquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese .

RESOLUCIÓN CNTA Nro 90 -

107 Noticias clasificadas
lunes 4 de junio
Noticias
 
Noticias
ganaderia
9
ganaderia
general
14
general
economia
13
economia
pesca
13
pesca
Noticias
Chubut
7
Chubut
Mendoza
3
Mendoza
Misiones
2
Misiones
Córdoba
3
Córdoba
Noticias
R2820
2
R2820
La Radio 1029
1
La Radio 1029
Página 12
1
Página 12
DiB
2
DiB
Noticias
Ignacio Méndez
(Telam)

1
Tomás Barrandeguy
(La Capital /)

1
Fernando Vilella
(Clarín)

1
Roberto Garrone
(Puntonoticias)

1
Noticias
Ultima edición (Actualiza los lunes)
Comentario Diario Precios de Cierre