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Chubut condonará la mitad de la deuda de canon al langostino
El gobernador de Chubut, Mariano Arcioni, envió a la Legislatura el proyecto de ley por medio del cual se propicia la derogación lisa y llana del Fondo Ambiental Provincial

El proyecto de ley consta de tres artículos. El primero refiere a la ...
 

 
Revista Puerto 25-08-2022 - Nelson Saldivia El gobernador de Chubut, Mariano Arcioni, envió a la Legislatura el proyecto de ley por medio del cual se propicia la derogación lisa y llana del Fondo Ambiental Provincial

El proyecto de ley consta de tres artículos. El primero refiere a la condonación del 50% de la deuda. El segundo el plan de pago en seis cuotas y el tercero deroga el FAP.

Mediante el documento, se les pide a los diputados la autorización para que el Ministerio de Ambiente de la Provincia «suscriba convenios de pago individuales a los fines de percibir las sumas que se adeuden en concepto de arancel integrador del FAP (…) facultándolo a condonar intereses y hasta un 50% de la deuda; estableciendo determinada modalidad de cancelación a la que deben sujetarse quienes pretendan resultar beneficiarios de lo que la norma dispone».

Desde el Ejecutivo se pretende también que se abrogue la ley por la que se creó el FAP, modificatoria y “toda norma complementaria que se oponga a lo que se dispone en el proyecto que se remite”.
Exposición de motivos

Mediante el proyecto de ley, se propicia dejar sin efecto el Fondo Ambiental Provincial (FAP) creado por Ley I N° 620 y sus modificatorias. Esta norma estableció que el fondo estaría conformado por un arancel aplicado a cada cajón de langostinos desembarcado en cada localidad portuaria de la Provincia, cuyo monto sería el equivalente en pesos al valor de un litro de combustible diesel premium YPF; y que los cajones y o cajas descargados por barcos con permiso de pesca otorgado por Chubut pagarían el 50% de dicho canon.

Menciona que la aplicación de las previsiones de la mencionada ley impacta no solo en los ingresos de los explotadores de la actividad pesquera, sino también en el de los trabajadores dedicados a la actividad por las implicancias que el FAP tiene sobre sus salarios, por lo que han expresado y sostenido su negativa al pago de nuevos aranceles; llegando incluso, en el caso de los empresarios, a efectuar planteos de inconstitucionalidad del arancel que integra el FAP, y en el caso de los trabajadores a adoptar medidas de fuerza que han dificultado, cuando no paralizado, el normal desarrollo de la actividad; circunstancia que afectó no sólo al sector sino a las distintas comunidades portuarias.
Reclamos y acuerdo

El reclamo de los trabajadores, empresarios pesqueros y asociaciones gremiales, en este sentido, fue acompañado por intendentes de localidades portuarias, quienes en algunos casos efectuaron presentaciones ante el poder Ejecutivo manifestando su interés en que de manera inmediata se adopten medidas para revertir la situación generada por el descontento de quienes participan en la explotación pesquera; dejando sin efecto el arancel establecido como consecuencia de la creación del FAP.

Escuchadas las voces de todos los sectores involucrados, entiende el Poder Ejecutivo Provincial que no existe obstáculo y, por el contario, resulta pertinente y oportuno para someter a consideración de la Legislatura el proyecto de ley, en el que, además de promover la abrogación de las normas que establecen el FAP, también se plantea autorizar al Ministerio de Ambiente, firme convenios de pago con determinadas condiciones particulares, con aquellos que adeuden sumas de dinero como consecuencia de la aplicación de las leyes cuya abrogación se propicia y acepten las condiciones que se estipulen.
Condonación, plan seis cuotas y derogación

Finalmente, el proyecto en su parte resolutiva dice en el Artículo 1º que el Ministerio de Ambiente podrá celebrar convenios condonando intereses y el 50% de la deuda determinada.

El Artículo 2º dice que la mitad de la deuda sin intereses se podrá pagar en un pago de 40% a los 30 días de firmado el convenio, y el restante 60% en cinco cuotas hasta marzo de 2023.

La ley cierra con un tercer artículo por el cual se «abrogan las Leyes 620, 658 y complementarias».

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