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Suman adhesiones por un régimen previsional diferencial para la pesca
El Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia sumó adhesiones al proyecto de Ley previsional que establece una jubilación “diferencial” para los trabajadores de las plantas de procesamiento de pescado. El municipio de la ciudad petrolera acompañó el p ...
 

 
Revista Puerto 14-10-2021 - Nelson Saldivia El Concejo Deliberante de Comodoro Rivadavia sumó adhesiones al proyecto de Ley previsional que establece una jubilación “diferencial” para los trabajadores de las plantas de procesamiento de pescado. El municipio de la ciudad petrolera acompañó el pedido de los trabajadores de las plantas de procesamiento de la materia prima, que han aportado sobrados fundamentos respecto a que se trata de una actividad en contacto con el frío, sostenido en el tiempo, se deterioran sus condiciones físicas. El proyecto sugiere un régimen previsional diferencial para resguardar la salud de los trabajadores.

La iniciativa ha obtenido el respaldo de los diferentes Concejos Deliberantes de Puerto Madryn, Rawson y Trelew, como también de la Honorable Legislatura de Chubut, aunque en rigor, la posibilidad que prospere o no dependerá de los consensos que se logren en la Cámara Alta.

A nadie escapa que un proyecto de similares características ya pasó por el Congreso Nacional, al punto que había logrado media sanción en la Cámara de Diputados, pero por el tiempo transcurrido perdió estado parlamentario.

El año pasado, la senadora chubutense Nancy Susana González volvió a presentarlo con algunas modificaciones y fue registrado como Proyecto de Ley 2747/20 sobre Régimen Previsional Diferencial para los Trabajadores de la Industria del Pescado. La legisladora finaliza su mandato el próximo 10 de diciembre, y hasta el momento el proyecto no ha obtenido dictamen de la Comisión de Trabajo y Previsión Social, donde permanece desde noviembre del año anterior.

En la parte central estipula que los trabajadores que presten servicios “directa y habitualmente en la industrialización del pescado y subproductos de la pesca, que se desempeñan en las plantas de procesamiento y elaboración de conservas de pescado, saladeros, peladeros de mejillones, elaboración de filet cualquiera sea la especie de pescado, tratamiento y conservación de harinas y otros subproductos de la pesca, industrialización de mariscos, crustáceos, moluscos y establecimientos dedicados a la cría de peces y mariscos para su industrialización o comercialización, atención de cámaras frías, congelamiento o enfriamiento de los productos, fabricación de hielo, almacenaje y estiba de materia prima elaborada o semielaborada gozarán de un régimen previsional diferencial”, enumera respecto a las personas que podrían ser alcanzadas por el beneficio.

Este proyecto prevé que podrán acceder a la jubilación cuando alcancen la edad de 55 años, sin distinción de sexo, en tanto acrediten 30 años de servicios con aportes computables a uno o más regímenes del sistema de reciprocidad previsional, de los cuales -al menos- el 60 por ciento de los años deben haber sido prestados en la precitada industria.

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