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La CAPECh rechaza reformar toda la legislación pesquera de Chubut
La Cámara Pesquera del Chubut (CAPECh), participó de múltiples encuentros con sindicatos y autoridades Municipales de la ciudad de Trelew a fin de analizar los posibles cambios a la normativa pesquera que rige en la provincia. Desde la entidad se ele ...
 

 
Revista Puerto 24-06-2021 - Nelson Saldivia La Cámara Pesquera del Chubut (CAPECh), participó de múltiples encuentros con sindicatos y autoridades Municipales de la ciudad de Trelew a fin de analizar los posibles cambios a la normativa pesquera que rige en la provincia. Desde la entidad se elevó una serie de propuestas al intendente Adrián Maderna para que por su intermedio se puedan intercambiar posturas con diputados provinciales, en cuanto al proyecto de una nueva Ley de Pesca que fuera presentado por el Ejecutivo Provincial “y cuyo texto no fuera consensuado con los diferentes actores que componen el sector”, cuestionan de entrada. “A priori, consideramos que la actual ley vigente en materia pesquera, la Ley General de Pesca Marítima – LEY IX – N° 75 (Antes Ley 5639) es una buena ley, que debería ser modificada en algunos artículos, para adecuarla a la actualidad, y pensarla para los próximos años. No hace falta la redacción de un nuevo marco regulatorio en su totalidad”, resaltan desde la cámara.
Trelew, polo pesquero

Como primera cuestión, hacen mención a que Trelew “reúne condiciones esenciales y de calidad para el desarrollo de un polo pesquero, ya sea con la instalación o ampliación de las empresas radicadas en la ciudad, como en las empresas de servicios que hacen a la actividad de la pesca. Y esto lo vemos reflejado en que la ciudad cuenta con un parque Industrial con amplias dimensiones, acceso a energía y agua, indispensables para la actividad, y se encuentra a una distancia privilegiada de los dos principales puertos de descarga de materia prima fresca (Puerto Madryn y Puerto Rawson)”, expone la CAPECh.
Proponen un censo provincial

En lo que al proyecto de ley de pesca concierne, “entendemos que como primera medida, seria de suma importancia contar con un censo a nivel provincial que determine la cantidad de empresas radicadas, historia, su ubicación, y principalmente la capacidad instalada de procesamiento y de congelación que poseen”, lanzan como propuesta. “Los resultados de dicho relevamiento, cotejados con las capturas de las diferentes especies en aguas provinciales y nacionales, nos van a brindar la información adecuada para la toma de las mejores decisiones en materia de política pesquera, dado que podremos saber si lo que se captura cuenta con la capacidad instalada para su correcto procesamiento, si el recurso esta sobre explotado”, analizan desde la entidad y así lo plantearon para que haya un diagnóstico global de la actividad en Chubut.
Cupo Social de langostino

Por otra parte, sugieren algunos de los puntos de mayor interés a tener en cuenta para la modificación de la Ley de Pesca, entre los que mencionan el “Cupo Social de Langostino”. Cabe recordar que el Consejo Federal Pesquero resolvió aprobar las medidas de administración de la pesquería de langostino en la resolución 7/2018 con el consiguiente Anexo I, donde constituyeron el Plan de Manejo de la especie. “Dicha resolución desnuda la necesidad de revisar las medidas actualmente vigentes a la fecha, de incorporarlas en un cuerpo normativo contemporáneo, y de reflejar una política de administración adecuada al estado actual del recurso, para así planificar el desarrollo sustentable de la pesquería, con el objetivo de la conservación en el largo plazo el recurso, y fijando pautas concretas para que los procesos industriales sean ambientalmente apropiados, procuren la obtención del valor agregado y el empleo de la mano de obra chubutense sostenible en el tiempo”, manifestaron desde la cámara pesquera
Permisos atados a abastecimiento de plantas

Asimismo, se sugiere establecer un “contrato de abastecimiento con las plantas como condición del otorgamiento del Permiso de Pesca”. Y en tal sentido sostienen que “a los fines de buscar un correcto equilibrio entre las capturas y el procesamiento, donde a modo de ejemplo, se le hace saber que un Buque de hasta 21 metros de eslora para capturar mil cajones de langostino precisa de 8 tripulantes, y una planta para procesar correctamente dicha materia prima necesita de al menos 100 trabajadores. Es por ello que veríamos con agrado que se modifique el Artículo 30 de la Ley IX-N°75, y se incluya como requisito excluyente para el otorgamiento del permiso, que el Buque presente un contrato de abastecimiento con alguna de las plantas radicadas en la provincia (tomando como base la capacidad instalada, cantidad de mano de obra empleada, etc.), generando así previsibilidad al empresario en el acceso a la materia prima por temporada, a los gremios en cuanto van a poder exigir que las condiciones laborales sean las establecidas por ley, y en caso contrario informar a la autoridad de aplicación para la suspensión del uso de ese contrato de aprovisionamiento, y a los permisionarios de los buques en cuanto sus capturas van a tener un destino concreto y seguro”, detallan entre las propuestas que esperan ser tenidas en cuenta por los legisladores provinciales.
Incentivos al valor agregado

En esa línea, también se plantea la necesidad de un “Incentivo al valor agregado del langostino”, como así también la “Obligatoriedad de pesca de Merluza”, en temporada baja.

“Teniendo en cuenta que la ley actual fue redactada y pensada cuando la única especie capturada era la Merluza hubbsi, corresponde fijar por ley (y no mediante los Decretos de dudosa constitucionalidad como se hace en la actualidad) el proceso mínimo que deberá realizarse al langostino cuando este sea capturado dentro de las 12 millas correspondientes a la jurisdicción provincial. Prohibiendo la salida del mismo sin procesar dentro del territorio provincial, y fijando las características del proceso mínimo. Asimismo, sería de suma importancia consensuar con los sindicatos y el Estado, incentivos a la producción de valor agregado en el procesamiento. La actual ley solo menciona la captura del langostino en el Artículo 39, y establece la obligatoriedad de destinar la especie acompañante (merluza) al abastecimiento de las plantas. Actualmente no se cumple. Entendiendo como funciona la pesca y las temporadas, se podría generar un esquema de compensación para que los buques tengan la obligatoriedad de abastecer a las plantas fuera de la temporada de langostino con merluza o anchoíta. Con este fin, lograríamos un mayor promedio de salidas a pescar durante todo el año ya que los permisionarios muchas veces superan los 180 días de inactividad”, propone la CAPECh, sin necesidad de reformar toda la ley pesquera.
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