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En Chubut denunciaron a Pesca ante la Oficina Anticorrupción
La abogada Silvana Edith Toni en representación de la Municipalidad de Camarones elevó una presentación ante el Fiscal Anticorrupción de Chubut, Guillermo Hansen. La misma se formalizó el pasado 4 de noviembre de 2020 en la que se solicita se abra un ...
 

 
Revista Puerto 11-11-2020 - Nelson Saldivia La abogada Silvana Edith Toni en representación de la Municipalidad de Camarones elevó una presentación ante el Fiscal Anticorrupción de Chubut, Guillermo Hansen. La misma se formalizó el pasado 4 de noviembre de 2020 en la que se solicita se abra una investigación a fin de determinar presuntas irregularidades, negligencia, comisión de delitos y/o mal desempeño de las funciones de funcionarios, incluidos los de la Secretaría de Pesca.

El eje del planteo versa en torno a cuestionar el otorgamiento, renovación o prórroga de las licencias provinciales de pesca que no hubieran cumplido el requisito de contar con “libre deuda fiscal”, y refieren puntualmente al caso del Fondo Ambiental Provincial en el que la Municipalidad de Camarones resulta acreedora y exige el pago del monto previsto para la comuna.

“En mi carácter de apoderada de la Municipalidad de Camarones y siguiendo expresas instrucciones de su intendente, la señora Claudia Loyola, a fines de solicitarle tenga a bien instruir las correspondientes actuaciones administrativas a efectos de determinar si han existido irregularidades, negligencia, comisión de delitos y/o mal desempeño de las funciones de los funcionarios intervinientes en los trámites de determinación y cobro del Fondo Ambiental Provincial (FAP), creado por Ley I – N° 620 y sus modificaciones, el cual tiene por objeto específico la preservación de la biodiversidad y el uso sustentable de los recursos naturales y la reparación de daños causados al ambiente por la operatoria pesquera en los puertos y aguas chubutenses”, precisa la presentación hecha ante la Oficina Anticorrupción de Chubut.

La letrada afirma que la Municipalidad de Camarones se encuentra legitimada “toda vez que resulta acreedora del 50% de las sumas a percibir por dicho tributo con causa en la operatoria del Puerto de Camarones, ya que a más de dos años de haberse sancionado dicha ley, solo ha percibido una suma ínfima en relación al total que tendría que haber percibido, por lo que al pasivo ambiental que sufre la comuna y sus habitantes producto de la actividad se debe sumar el perjuicio fiscal producido, lo cual amerita el inicio de la investigación solicitada”, expone entre los argumentos.

Añade que “existen por lo menos dos fallos judiciales donde fue cuestionada la constitucionalidad del tributo y el Superior Tribunal de Justicia de la provincia del Chubut tuvo la oportunidad de expedirse ratificando la constitucionalidad del mismo ya que han sido creados por Ley de la Legislatura Provincial, a saber: las actuaciones caratuladas D.F.S.A c/Provincia del Chubut s/Demanda de Inconstitucionalidad – Medida Cautelar (Expte. N° 25.043 – Año 2018) y O.J.C. c/Provincia del Chubut s/acción declarativa de inconstitucionalidad (Expte N° 25.252 – Año 2020)”, detalla.

“También la Corte Suprema de Justicia de la Nación tuvo oportunidad de resolver una cuestión similar planteada por cuatro empresas pesqueras que operan en la Provincia que alegaban la inconstitucionalidad del FAP, la cual fue rechazada por el tribunal cimero sosteniendo que las Provincias tienen autonomía para crear y cobrar impuestos, lo cual es jurisprudencia inveterada de la Corte”, dice otro tramo del escrito elevado a Hansen.

Asimismo, se solicitó “expresamente que se haga extensiva la investigación a la Secretaría de Pesca de la Provincia del Chubut toda vez que desde hace años se vienen otorgando renovaciones y prórrogas de permisos de pesca sin cumplir con la obligación legal establecida en el Artículo 11, inc 4 de la Ley IX – N° 75 de no contar con obligaciones fiscales pendientes a la hora del otorgamiento, renovación o prórroga de tales permisos”, señalan entre los fundamentos.

“Queda claro que los aranceles creados por Ley I -N° 620 son una obligación fiscal relacionada en el caso con la actividad pesquera, por lo que se encuentra incluida dentro de las obligaciones fiscales a acreditar como cumplidas dentro de los requisitos formales para el otorgamiento, renovación y prórroga de los permisos que omiten su exigibilidad, responsabilidades administrativas y penales de variada índole”, alega la patrocinante del Municipio de Camarones.

En consecuencia, infieren que “no solo no se deberían haber otorgado nuevos permisos, renovaciones o prórrogas al no haber acreditado los propietarios de barcos el pago del FAP, sino que también se le deberían haber negado los servicios portuarios de descarga en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 5 bis de la Ley I – N° 620 modificado por Ley I – N° 658, todo lo cual no ha sucedido en flagrante violación de la ley vigente”, concluyen.
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