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Qué dice el proyecto que endurece las multas a la pesca ilegal
Los recientes casos detectados de pesca ilegal dentro de la ZEE de Argentina por parte de barcos de bandera extranjera y la aplicación de multas de bajo monto puso en debate la necesidad de actualizar la legislación nacional que penaliza estas prácti ...
 

 
Revista Puerto 21-05-2020 - Nelson Saldivia Los recientes casos detectados de pesca ilegal dentro de la ZEE de Argentina por parte de barcos de bandera extranjera y la aplicación de multas de bajo monto puso en debate la necesidad de actualizar la legislación nacional que penaliza estas prácticas.

El diputado nacional por Chubut, Ignacio Agustín Torres, del interbloque de Juntos por el Cambio, presentó en la Cámara Baja un proyecto de ley que endurece las sanciones administrativas previstas en el Capítulo XIII de la Ley 24.922.

A barcos de la flota extranjera se les aplicaría, verificada la transgresión, una multa resultante de la ecuación entre su capacidad máxima de carga de bodega multiplicada por el valor de exportación de la especie pescada ilegalmente. Para que no se quede atado ese valor a un monto en pesos como la actual legislación, se propone que se aplique según el valor parámetro de exportación que reporte la AFIP-DGA (Aduana).

Y, otra modificación sustancial respecto al actual esquema es que los pesqueros de bandera extranjera no tendrán quitas en las sanciones, ni las podrán abonar en cómodas cuotas como lo podrían hacer ahora.

Se fija como mínimo de multa sobre la base de 300 toneladas, por lo que modo de ejemplo, podemos citar que a un valor de 2500 dólares la tonelada de calamar representaría unos 750.000 dólares. Y para citar casos recientes como los poteros chinos Hong Pu 16 y el Lu Rong Yuan Yu 688 con capacidad de bodega de 1.000 toneladas, de aplicarse este endurecimiento de sanciones, podrían tener que enfrentar multas de hasta 2.500.000 de dólares, contra los irrisorios montos de 60 mil dólares que hoy se aplican como resultado de la falta de actualización de la normativa nacional.

Vale clarificar que además de la multa sancionatoria se le debe sumar el valor de la mercadería que efectivamente tuviera en bodega y los costos inherentes a los procedimientos y operativos que demandaron su captura, traslado y escolta hasta la salida de las 200 millas de la ZEE.
Penalidades más duras

El proyecto de Torres propone sustituir el artículo 51 de la Ley 24.922, en el cual deja un primer apartado para sanciones de buques de la flota nacional, y en un segundo punto específico para la “flota extranjera”: “Cuando la sustanciación del sumario tenga como presunto infractor a un barco de flota extranjera la autoridad de aplicación, previa sustanciación del sumario correspondiente compruebe que se ha incurrido en alguna de las conductas ilícitas tipificadas en la normativa vigente, aplicará una o más de las sanciones que se consignan a continuación, de acuerdo a las características del buque, la gravedad del ilícito y los antecedentes del infractor: a) Multa de pesos equivalente a multiplicar la capacidad de carga en toneladas de bodega, por el valor de exportación en toneladas de la especie capturada. Los importes de referencia serán informados por la Administración Federal de Ingresos Públicos; actualización que se pondrá en vigencia a partir del 1° de enero de cada año; b) El monto mínimo de multa aplicado será el monto equivalente al cálculo por 300 toneladas. c) En aquellos casos que hayan más de una especie objetivo o capturada, se tendrá en cuenta la especie con mayor valor de referencia”, plantea entre una serie más amplia de penalidades.
Gastos adicionales

Por otro lado, en cuanto al artículo 54 de la Ley 24.922 se propone que diga: “Tratándose de embarcaciones extranjeras, la Autoridad de Aplicación podrá además disponer la retención del buque en puerto argentino hasta que, previa sustanciación del respectivo sumario, se haga efectivo el pago de la multa impuesta o se constituya fianza u otra garantía satisfactoria, si fuera el caso hasta su decomiso definitivo. Los gastos originados por servicios de remolque, practicaje, portuarios, así como las tasas por servicios aduaneros, sanitarios y de migraciones, que se generen por el buque infractor como consecuencia de la comisión de infracciones a la presente ley, deberán ser abonados por el propietario o armador o su representante”, se indica en el proyecto que ingresó en la Cámara de Diputados de la Nación.
Sin quitas para extranjeros

Respecto del artículo 54 bis, la reforma plantea que se fije de la siguiente manera: “La Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura aplicará este artículo solamente a las personas físicas o jurídicas inscriptas en el Registro de la pesca imputará la infracción a esta ley al supuesto responsable de la comisión del hecho, quien dentro de los diez (10) días hábiles posteriores de notificado podrá: a) Presentarse e iniciar la defensa de sus derechos; b) Allanarse a la imputación. En este supuesto, la multa y/o sanción aplicable se reducirá al cincuenta por ciento (50%). En caso de que el allanamiento se produzca luego del vencimiento del plazo establecido en el presente artículo, previo al acto administrativo que ponga fin al sumario, la multa y/o sanción se reducirá al setenta y cinco por ciento (75%). En el caso de la imputación de pescar sin permiso, ante el allanamiento de la imputación se reducirá la multa y/o sanción al setenta y cinco por ciento (75%). En el caso de que el allanamiento se produzca luego del vencimiento del plazo establecido en el presente artículo, previo al acto administrativo que ponga fin al sumario, la multa y/o sanción se reducirá al noventa por ciento (90%). Para las flotas extranjeras no procederá la aplicación de este artículo”, se plantea, excluyendo a los pesqueros que no sean de bandera nacional del beneficio de quitas en las multas.
Debate parlamentario

Con todo, el proyecto de ley del diputado nacional chubutense Ignacio Torres pone en escena pública y en debate parlamentario una problemática de fondo que afronta la pesca argentina que es la pesca ilegal en la franja límite de las 200 millas.

La iniciativa tomará estado parlamentario en la próxima sesión y es de prever que sea girado a diferentes comisiones para su análisis, aunque de allí logre despacho y llegue al reciento para su votación es difícil de determinar en cuanto a plazos, ya que requerirá necesariamente de consensos con el resto de las bancadas, pero no deja de ser importante que se haya dado un primer paso en este sentido.

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