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«Pediremos un amparo ante la Corte Suprema de Justicia»
Una profunda sorpresa recibieron en los últimos días armadores de barcos fresqueros de altura de Mar del Plata que participaron el año pasado en la zafra de langostino en aguas nacionales.

A más de cinco meses de haber concluido la temporada ...
 
 
Revista Puerto 13-03-2020 - Roberto Garrone Una profunda sorpresa recibieron en los últimos días armadores de barcos fresqueros de altura de Mar del Plata que participaron el año pasado en la zafra de langostino en aguas nacionales.

A más de cinco meses de haber concluido la temporada, la administración de la Provincia de Chubut envió a empresas locales una serie de cartas documento en las que fueron intimados al pago de la tasa por el Fondo Provincial Ambiental, creado por la Ley 658 de septiembre de 2018.

La respuesta llegó desde ALFA, la Asociación Langostinera Federal Argentina, que agrupa a muchas de las empresas notificadas de un pago que consideran “ridículo y carente de todo sustento constitucional”, como definió Daniel Coluccio, su gerente, ante la consulta de REVISTA PUERTO.

“Pediremos un amparo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación porque entendemos que es extemporánea, no hubo de manera previa una vía administrativa que determine esa deuda pero fundamentalmente, porque viola distintos artículos de la Constitución Nacional”.

En ese sentido, el Gerente de ALFA sostuvo que: “Afecta los principios de generalidad e igualdad; viola el principio de división de poderes del Estado y obstaculiza la libre actividad comercial”.

Según pudo saber este medio, las cartas documento que llegaron de Chubut y aterrizaron en las calles del puerto marplatense no solo fueron para asociados a ALFA sino también a socios de otras cámaras armadoras, donde también se analizaban los pasos a seguir.

La mencionada ley fue promulgada mediante el Decreto provincial 723 que establecía el canon de un litro de gasoil premium por cajón de langostino que desembarque la flota fresquera en puertos de jurisdicción chubutense.

El objetivo de la ley era promover la preservación de la biodiversidad y el uso sustentable de los recursos naturales y la reparación de daños generados al ambiente. A seis meses de entrada en vigencia y con la provincia atravesada por una crítica situación financiera, cuesta distinguir las tareas de reparación en el tratamiento de los residuos del marisco.

“Entendemos que las leyes 620 y 627 no determinan el sujeto obligado al pago del gravamen creado por las mismas normativas. Pero el primer artículo del Decreto 723, al establecer a través de la actuación del Poder Ejecutivo quien es el sujeto pasivo de la obligación tributaria, violenta el principio de reserva de ley garantizado en la Constitución”, consideró Coluccio.

Las cartas documento intimando a los armadores que participaron de la zafra en aguas nacionales el año pasado y descargaron en puertos chubutenses a pagar, llegaron a Mar del Plata con distintas modalidades.

“En el caso de los barcos de la Asociación las cartas documento son por el reclamo de la tasa del FAP en las descargas de Puerto Madryn”, reveló Coluccio,

El Gerente de ALFA dio más detalles de las intimaciones. “Hay armadores que les computan dos meses, a otros toda la temporada, a algunos, ninguna; a una empresa que tiene cuatro barcos le liquidaron uno solo, otra con cuatro barcos, los cuatro. No hay ningún criterio. O el único criterio es recaudar”, remarcó.

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