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Seis claves sobre los impuestos al campo
El contador Santiago Saenz Valiente, un especialista en temas impositivos, particularmente de los que tienen que ver con la actividad agropecuaria, repasó con Clarín Rural los principales aspectos a tener en cuenta, en medio de la catarata de medidas ...
 
 
Clarín 06-01-2020 - Mauricio Bártoli

Mauricio Bártoli
El contador Santiago Saenz Valiente, un especialista en temas impositivos, particularmente de los que tienen que ver con la actividad agropecuaria, repasó con Clarín Rural los principales aspectos a tener en cuenta, en medio de la catarata de medidas tomadas en las últimas semanas, las que podrían aplicarse en el corto plazo y los proyectos todavía en discusión.
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Derechos de Exportación: Sobre las retenciones a los granos, Saenz Valiente destacó una vez más que “el agro no tiene rentas extraordinarias, tiene ganancias y quebrantos cíclicos. Y en este momento se debe tener en cuenta que la soja vale la mitad de sus picos históricos de 2008/2009 y 2012. Los derechos de exportación son “un impuesto a los ingresos que recauda el Gobierno nacional y no las provincias donde se genera esa riqueza”. Entonces, debe advertirse que, “la esencia del problema” es que además de su captación directa reducen mucho la base de los principales impuestos coparticipables. Sucede que al pagarse más por retenciones se abona menos por Ganancias e IVA, que tienen un régimen distributivo más federal que las retenciones. En este momento se ha aplicado una suba que en el caso de la soja pasó del 24,5 al 30% y en el caso de otros granos de 6,5 a 12%. La inquietud por estas horas es si se sumará el aumento adicional de 3% autorizado por la Ley de Emergencia Económica. Si se aplica, implicaría un salto impositivo para la soja de 37,5%.

Ganancias: Se dañan los ingresos de los productores agropecuarios al volver a diluir las pérdidas por inflación que se deberían registrar en forma completa en todo el período. En la ley anterior se diferían en tres cuotas y ahora se difieren en 6. Esto hace que se exige el pago de un impuesto sobre una renta ficticia. A su vez, la tasa del impuesto que iba a bajar a 25% este año, se congeló en 30% que es la que regía el año pasado, 2019.
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Inmobiliario: Las modificaciones presentadas por el nuevo gobierno de Axel Kicillof al impuesto Inmobiliario, urbano y rural, ha generado mucha polémica en la Legislatura bonaerense y al cierre de esta edición seguía abierta la discusión, por lo menos hasta la sesión prevista para el próximo miércoles 8. La semana pasada se suspendió por falta de quórum pero ahora se trataría con modificaciones. En principio se plantearon aumentos escalonados, en virtud de las valuaciones fiscales de 2019, que implicarían subas de 15% hasta propiedades de $260.000 (en los hechos es una reducción importante debido a la inflación), de 35% entre ese monto y $816.000 y de 55% para inmuebles de hasta $3.000.000. Más allá de ese monto, se agrega un elemento adicional: si se supera este último monto y la superficie es mayor a 2.000 hectáreas se propuso un aumento de 75% sin tener en cuenta en qué lugar de la provincia de Buenos Aires está situada esa tierra. Eso es muy importante porque determina la cotización y la potencialidad productiva. No es lo mismo Pergamino, Carmen de Patagones u otros lugares de una provincia tan amplia, que en algunos casos son inundables o tienen otras falencias. Todo lo que se estipula con parámetros rígidos se transforma en un problema de inequidad. Hay otra cuestión, la de los tambos, que hasta 100 hectáreas quedarían eximidos del impuesto inmobiliario, al igual que los campos agrícolas de hasta 50 hectáreas. Pero no se contempla que los tambos de 130 hectáreas deberían pagar el impuesto por las 30 hectáreas excedentes. Sin embargo, se les cobra el impuesto completo por toda la superficie. Tiene que haber escalas.
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Ingresos Brutos: En relación a esto debe decirse que el Impuesto a los Ingresos Brutos sigue con una tasa del 0,75% para la venta de productos primarios, cuando en realidad estaba prevista una disminución y una posterior eliminación, porque hay un consenso generalizado que es un tributo que se acumula y llega al 8% desde la producción al consumidor.

Sellos: También sigue vigente en la provincia de Buenos Aires el Impuesto a los Sellos, que es un impuesto a la seguridad jurídica, porque para acceder a una cuestión judicial sobre un acuerdo suscripto debe tenerlo sellado, con lo cual cualquier acto económico que lleve la firma de ambas partes deberá seguir gravado. Estaba previsto que se quitara este año y no se hizo.
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Herencia: La Provincia de Buenos Aires es la única que tiene vigente este impuesto, que implica la transmisión gratuita de bienes, desde 2011. Lo que sucede en este caso es que la tabla de determinación del impuesto no se actualiza, lo cual hace que se termine pagando una tasa efectiva más elevada. Porque los bienes que se donan aumentan el valor entonces cuando se aplica la tabla les corresponde cada vez más una alícuota mayor.
 

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