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La expropiación de Alpesca quedó excluida de la Ley de Emergencia
En abril pasado, el Poder Ejecutivo de Chubut declaró el Estado de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa del Estado Provincial, a través del Decreto N° 382/19. La norma recorta y limita pagos y afectación de recursos, pero se deja afuera ...
 

 
Revista Puerto 02-05-2019 - Nelson Saldivia En abril pasado, el Poder Ejecutivo de Chubut declaró el Estado de Emergencia Económica, Financiera y Administrativa del Estado Provincial, a través del Decreto N° 382/19. La norma recorta y limita pagos y afectación de recursos, pero se deja afuera de esos congelamientos el eventual pago indemnizatorio para cuando la justicia civil y comercial dé por concluida la expropiación de los bienes de Alpesca.

Hace 15 días, el Gobierno emitió el instrumento en el que se justifica que “atento a la situación de peligro colectivo creada por las graves circunstancias de las finanzas que padece el Estado, la Provincia del Chubut declara el estado de emergencia económica, financiera y administrativa del Estado Provincial por el término comprendido entre el 15 de marzo de 2019 al 16 de marzo de 2020”.

En el Artículo 2º se advierte que “queda expresamente exceptuado de las disposiciones del presente Decreto el Banco del Chubut S.A. Asimismo queda exceptuado el pago de la indemnización que deba realizarse en los autos caratulados: «Provincia del Chubut c/Alpesca S.A. y otra s/Expropiación» Expte. 190/14, y en aquellas causas accesorias donde se han trabado medidas cautelares que impiden que los bienes sujetos a expropiación puedan retomar su actividad conforme exige la Ley I N° 527, y el régimen nacional de pesca”, se aclara.

Con todo, el proceso judicial expropiatorio está próximo a cumplir cinco años sin resolución definitiva. Está claro que los bienes –planta y barcos– ya no están en manos de Alpesca sino que están bajo el control del Estado chubutense; y han sido concesionados a través de un arrendamiento a la empresa Red Chambers Argentina, en el caso de la planta de procesamiento de Puerto Madryn, dos congeladores tangoneros y un fresquero merlucero de altura, mientras se tramita el reemplazo del resto de la flota que terminó en situación de varamiento.

El Juzgado Civil y Comercial de Puerto Madryn, a cargo la jueza María Laura Eroles, tiene en sus manos el juicio a partir de la Ley 527, dictada el 12 de junio de 2014, que declaró de utilidad pública sujeta a expropiación de las unidades productivas de la empresa Alpesca.

Puntualmente, alcanza a los buques «Cabo San Sebastián», Matrícula 022, señal distintiva LW 8451, Buque «Cabo Vírgenes», Matrícula 024, señal distintiva LW 8445, Buque «Cabo Buena

Esperanza», Matrícula 02482, señal distintiva LW 7277, Buque «Cabo Dos Bahías», Matrícula 02483, señal distintiva LW 7278, Buque «Promarsa I», Matrícula 072, señal distintiva LW 5727, Buque «Promarsa II», Matrícula 073, señal distintiva LW 5747, todos ellos pertenecientes a la empresa Alpesca S.A., con las artes de pesca, enseres y herramientas que posibiliten y faculten su navegación como su cumplimiento del fin específico de conformidad al inventario a realizar, como asimismo, el inmueble individualizado como macizo 5 «A» del Parque industrial Pesquero de la ciudad de Puerto Madryn del Departamento Biedma, inscripto en la matrícula (12-28) 10.445, las maquinarias, instalaciones y materia prima en condiciones de ingresar al mercado comercial, que se encuentren dentro del inmueble identificado, con el objeto de propender al mantenimiento de la explotación económica de la unidad productiva y de sus fuentes laborales”, dice la letra de la ley que está por cumplir cinco años de vigencia, pero el juicio sigue sin ser concluido.

Además, se incluyó al Buque «Promarsa III», Matrícula 02096, señal distintiva LW 6186, perteneciente a la empresa AP Holding S.A., con las artes de pesca, enseres y herramientas que posibiliten y faculten su navegación como cumplimiento del fin específico de conformidad al inventario a realizar.

Por el paso del tiempo, la tasación inicial realizada quedó desactualizada teniendo en cuenta los procesos devaluatorios desde 2014 a la fecha, al tiempo que la jueza Eroles había pospuesto el pago de la indemnización hasta tanto le justicia penal terminada con un proceso donde diferentes accionistas de Alpesca se presentaban con últimos titulares de las acciones. En el medio hubo también una venta que para la justicia fue “simulada”, entre Omar Segundo y su hijo a Federico Otero y su madre. Otero confesó que la venta fue ficticia, pero antes él vendió las acciones a Renato Aleua, quien junto a su hijo aparece ante la Inspección General de Justicia como poseedor y titular del paquete accionario de AP Holding y Alpesca.

Este reciente decreto de la emergencia económica de Chubut, en la que se excluye de sus alcances el pago indemnizatorio por la expropiación de los bienes de Alpesca, permitiría resolver el tramo final del proceso en el corto o mediano plazo.
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