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Afip flexibiliza controles para favorecer exportaciones de cuero
La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) emitió una resolución que busca favorecer las exportaciones de cueros, a través de una flexibilización de los controles.

Se trata de una medida que había sido solicitada por la industria ...
 

 
La Voz del Interior 05-04-2019 - Favio Ré La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) emitió una resolución que busca favorecer las exportaciones de cueros, a través de una flexibilización de los controles.

Se trata de una medida que había sido solicitada por la industria frigorífica en el marco de las reuniones de la Mesa de Competitividad de las Carnes.

En concreto, la medida publicada por Afip en el Boletín Oficial deroga la Resolución General 3.523 que había dispuesto, en su momento, lo siguiente: “Las destinaciones de exportación de las mercaderías comprendidas en la Partida 41.01 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, deberán ser oficializadas y controladas con carácter obligatorio en las aduanas de Buenos Aires, Concordia, Córdoba o Ezeiza”.

La Partida 41.01 corresponde a “Cueros y pieles en bruto, de bovino o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos”.

Argumentos

“Básicamente, lo que genera esta medida es que estos productos puedan salir del país por Salta, Jujuy o Formosa”, sintetizó a Agrovoz una fuente de la industria frigorífica.

En la resolución, Afip fundamentó esta decisión en el marco del programa “Argentina Exporta” que busca triplicar las exportaciones para 2030, con la premisa de aumentar la competitividad a través de la reducción de costos logísticos.

También mencionó que “la adopción del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global (Safe) de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), determina la revisión y el rediseño de los procedimientos vigentes, a efectos de optimizar el control aduanero y otorgar máxima fluidez a las operaciones de comercio internacional”.

En este contexto, el organismo recaudador concluyó que “en virtud del análisis realizado y a efectos de evitar demoras injustificadas en la cadena logística, se estima conveniente derogar la Resolución General N° 3.523”.
 

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