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Menem y Cavallo fueron condenados por la venta del predio de La Rural
El ex presidente Carlos Menem y el ex ministro de Economía Domingo Cavallo fueron condenados por la venta del predio ferial La Rural a 3 años y 9 meses y 3 años y 6 meses de prisión respectivamente. Además fueron inhabilitados a ejercer cargos públic ...
 

 
Infobae 28-03-2019 - Martín Angulo El ex presidente Carlos Menem y el ex ministro de Economía Domingo Cavallo fueron condenados por la venta del predio ferial La Rural a 3 años y 9 meses y 3 años y 6 meses de prisión respectivamente. Además fueron inhabilitados a ejercer cargos públicos de por vida.

Además, dos ex funcionarios del Ministerio de Economía fueron condenados a tres años de prisión en suspenso, mientras que dos ex directivos de la Sociedad Rural y seis tasadores fueron sobreseídos.

El veredicto fue dictado por los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF) 2, Rodrigo Giménez Uriburu, Jorge Gorini y José Michelini. El veredicto fue por mayoría. Los tres jueces estuvieron de acuerdo en las condenas y las absoluciones pero tuvieron diferencias en el monto de las penas, que quedaron fijas con los votos de Giménez Uriburu y Michilini.
El tribunal que condenó al ex presidente (Gustavo Gavotti)
El tribunal que condenó al ex presidente (Gustavo Gavotti)

En el caso se juzgó la venta en 1991 del predio ferial de Palermo a la Sociedad Rural por 30.000.000 millones de pesos-dólares. Pero la acusación señaló que se hizo a precio vil porque el valor real era de 130 millones. La causa judicial se inició en 1999.

Los fundamentos del tribunal se conocerán el próximo 28 de mayo. Pero Infobae pudo saber que los jueces dieron por probado que el trámite de la venta fue irregular: se evitó que la venta fuera aprobada por el Congreso, la tasación fue irregular y que hubo alertas sobre violaciones legales. Por ese motivo fueron condenados los ex funcionarios.

Pero el tribunal no pudo dar por probado que los directivos de La Rural hayan participado de esas irregularidades ni que haya existido intención delictiva de los tasadores de haber valuado el predio a un precio vil.

Menem fue condenado a tres años y nueve meses de prisión, Cavallo a tres años y seis meses y Matías Ordóñez y Gastón Figueroa Alcorta, ex integrantes de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales del Ministerio de Economía, a tres años de ejecución en suspenso. Las condenas fueron por el delito de peculado y con la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

La fiscal Gabriela Baigún había pedido que el predio de Palermo fuera restituido al estado nacional. Pero el tribunal dispuso que la sentencia le sea notificada al juzgado en lo civil y comercial federal donde se tramita una causa con el mismo planteo.

En su alegato, Baigún había dado por probado que la venta se hizo a un precio vil, en forma directa cuando se debió haber llamado a una licitación pública, sin la aprobación del Congreso Nacional cuando la Constitución Nacional establece que debe avalar la enajenación de tierras del Estado nacional. También remarcó que se trataba de un bien de dominio público pero fue convertido en privado y que la tasación del predio estuvo a cargo del Banco Ciudad cuando debió hacerla el Tribunal de Tasación.
El predio de la Sociedad Rural en Palermo
El predio de la Sociedad Rural en Palermo

"La Sociedad Rural Argentina está convencida de que su sobreseimiento es la decisión judicial que más se ajusta a derecho", sostuvo en diálogo con la prensa Daniel Pelegrina, presidenta de la Sociedad Rural, y agregó que la entidad "continuará sosteniendo y defendiendo sus derechos sobre el Predio Ferial de Palermo".

"La Rural nada tuvo que ver con esa decisión de poner el predio a la venta, que fue realizada cumpliendo los requisitos legales y a un precio acorde con las restricciones y obligaciones que se asumían. Solo tenía dos opciones: aceptarlas o perder el predio", agregó.

El ex presidente de la Sociedad Rural Ricardo Agustín de Zavalía, el ex secretario Juan Alberto Ravagnan y seis tasadores fueron absueltos. De Zavalía fue el único de los acusados que dijo sus últimas palabras antes del veredicto. "La acusación carece de fundamentos. La venta se hizo con todos los requisitos legales y no hubo acto alguno de corrupción", dijo.

Menem y Cavallo no estuvieron presentes en la lectura del veredicto y esta fue la segunda condena que reciben juntos. En diciembre de 2015, el TOF 4 condenó a Menem a cuatro años y seis meses de prisión y a Cavallo a tres años y medio por el caso de los sobresueldos. Cavallo también fue condenado a devolver 220.868 pesos. La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas y ahora el caso está a estudio de la Corte Suprema.

Las condenas a Menem y Cavallo por el caso de La Rural son de cumplimiento efectivo. El tribunal dispuso que una vez que queden firmen se ordene la detención del ex ministro de Economía y que en el caso de Menem se la comunique al Senado "a los fines que estime corresponder". La referencia es al hecho de que, como senador, Menem tiene inmunidad de detención y para concretarla el Congreso debe quitarle los fueros.

Menem tiene 88 años y Cavallo 72, y ambos con problemas de salud, por lo que, en el caso de que la condena quede firme, lo más probable es que accedan a una prisión domiciliaria.

Este es el quinto juicio oral que atraviesa Menem. Fue absuelto por el encubrimiento de la investigación del atentado a la AMIA, por la venta de armas a Croacia y Ecuador, por tener una cuenta bancaria en Suiza y ahora por La Rural. La única condena es por los sobresueldos. Y tiene pendiente el juicio oral por la voladura en noviembre de 1995 de la fábrica militar de Río Tercero, en Córdoba.

Por su parte, Cavallo fue juzgado y absuelto por el "megacanje" de la deuda pública durante el gobierno de Fernando de la Rúa, del que también fue ministro de Economía.

Después de que se conozcan los fundamentos del veredicto, tanto las defensas como la Fiscalía y la Agencia de Administración de Bienes del Estado, que actúa como querellante y pidió condena para todos los acusados, podrán apelar el fallo para que sea revisado por la Cámara Federal de Casación Penal.
 

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