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Infocampo 27-02-2019 - Xavier Hernández Los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) son un tipo de norma que otorga la facultad al Poder Ejecutivo de lanzar una medida con fuerza de ley. Como su nombre lo indica, los DNU sólo deberían dictarse en situaciones excepcionales, cuando sea imposible seguir los trámites para sancionar leyes mediante el Congreso. Sin embargo, el Gobierno nacional utilizó esta herramienta para una medida que entrará en vigencia a partir del año 2040.
Si bien más de un 50% de los buques nacionales presentan una marcada antigüedad, lo que hace imperioso renovar la flota, esto será un proceso paulatino. Lo discutible es que la medida se impulse por un decreto que de necesidad y urgencia tiene poco, ya que entrará en vigencia dentro de 21 años.
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El Gobierno consideró que “la urgencia en la adopción de la presente medida hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL para la sanción de las leyes“. Sin embargo, el DNU deberá ingresar al poder legislativo, donde una Comisión Bicameral deberá expresar su apoyo o rechazo al DNU. Si ambas cámaras rechazan el decreto, éste pierde validez de forma permanente.
En el caso de recibir el apoyo del Congreso, la medida entrará en vigencia para los buques nacionales, excepto pescadores artesanales, buques reconstruidos en territorio nacional o embarcaciones autorizadas para la captura de calamar, los cuales podrán tener una antigüedad de hasta 60 años en 2040.
La necesidad y Urgencia radicaría en que a partir de este decreto, se podrá acceder a una línea de financiamiento del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE), que cuenta con un monto total de 500 millones de pesos, para la adquisición de buques pesqueros construidos por astilleros radicados en el país.
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