28 de Marzo de 2024
Ingresar>> usuario contraseña
Registrarse
Cerrar Ventana
Barcos con permisos de Chubut pagarán 50 por ciento del canon ambiental
El 17 de abril de este año, por unanimidad, la Legislatura de Chubut aprobó la creación del Fondo Ambiental Provincial (FAP) para la preservación de la diversidad y la reparación de daños provocados por la industria pesquera. A pesar de algunas resis ...
 

 
Revista Puerto 05-07-2018 - Nelson Saldivia El 17 de abril de este año, por unanimidad, la Legislatura de Chubut aprobó la creación del Fondo Ambiental Provincial (FAP) para la preservación de la diversidad y la reparación de daños provocados por la industria pesquera. A pesar de algunas resistencias iniciales de sectores empresarios y sindicales, el Poder Ejecutivo la promulgó y fue publicada en el Boletín Oficial el 30 de mayo de 2018, lo cual la hace entrar en vigencia.

De este modo, el FAP se transformó en la Ley I – Nº 620. En la sesión parlamentaria del jueves pasado se aprobó una modificación a la misma, impulsada por los mismos autores de la iniciativa.

Los diputados Alfredo Di Filippo y Sergio Bruscoli propusieron flexibilizar los valores del arancel, ya que la ley determinaba que cada cajón de langostino desembarcado debía pagar “un dólar estadounidense” para conformar el fondo ambiental, en tanto, ahora se fijó que por cada cajón se pagará el valor del día del precio de un litro de gasoil Premium. El otro aspecto modificado, y el más sustancial, es que la flota pesquera chubutense, es decir, los buques fresqueros, costeros o artesanales con licencias de pesca provinciales sólo abonarán el 50 por ciento del canon.

El proyecto con los cambios tuvo dictámenes favorables en las comisiones y en el recinto fue votado casi por unanimidad, ya que solamente el diputado madrynense José Grazzini votó en contra.
Decreto de Arcioni

Inicialmente, cuando se aprobó la ley con la primera redacción, hubo protestas y quejas de la flota amarilla y de algunos sectores sindicales, pero el Poder Ejecutivo no vetó la norma, sino que la promulgó. Tampoco tomó estado parlamentario un supuesto proyecto del SUPA para que la norma fuera derogada como les había prometido algún legislador a los gremialistas.

Con todo, el 23 de mayo, el gobernador Mariano Arcioni firmó el Decreto N° 339/18 en el que se indica que “por el imperio de lo prescripto por el artículo 140° de la Constitución Provincial ha quedado automáticamente promulgado el proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 17 de abril de 2018 referente a la Creación del Fondo Ambiental Provincial (FAP); por ello, téngase por Ley de la Provincia: I N° 620.
Cambios y entrada en vigencia

En tanto, con las modificatorias introducidas en la norma se reduce el costo del arancel, y por otra parte, la flota de Chubut pagará apenas la mitad de ese valor. Mientras que los buques pesqueros sin permisos de pesca provinciales deberán asumir el 100% del canon a razón de un litro de gasoil premium por cada cajon de langostino descargado en cualquiera de los muelles de la jurisdicción provincial.

En la cuestión de fondo, la norma sostiene que los objetivos son “la preservación de la biodiversidad y el uso sustentable de los recursos naturales”, al tiempo que se menciona que el efecto recaudatorio tiene como finalidad “la reparación de daños generados al ambiente”, en función de los pasivos que provoca la industria pesquera.

Por otra parte, en su artículo segundo indica que “el Fondo creado estará conformado por un arancel aplicado a cada cajón de langostino desembarcado en cada localidad portuaria”.
Reparto a Provincia y municipios

Asimismo, se establece que “el monto que resulte de la aplicación del FAP, se distribuirá un cincuenta por ciento (50%) para la Provincia y, el cincuenta por ciento (50%) de lo recaudado en cada puerto pesquero será destinado al municipio correspondiente al mismo”. La Ley I – Nº 620 menciona también que “los objetivos específicos de aplicación de los montos recaudados por el FAP en el porcentaje que corresponda a cada municipio, serán destinados al fortalecimiento de las infraestructuras que mitigan los impactos ambientales en el ejido y en aquellos que elevan la calidad ambiental de la ciudad, así como en campañas de concientización y cultura ambiental de los vecinos”, se indica en el artículo cuarto de la ley.

Finalmente, la ley dice en otro de sus artículos que la Autoridad de Aplicación del FAP será el Ministerio de Ambiente y Control de Desarrollo Sustentable, “quien tendrá a su cargo la percepción del arancel, la transferencia a los municipios correspondientes dentro de las 48 horas de ingresados los fondos”.
puerto
 

107 Noticias clasificadas
lunes 4 de junio
Noticias
 
Noticias
economia
13
economia
ganaderia
9
ganaderia
barco
39
barco
agricultura
15
agricultura
Noticias
Tucumán
1
Tucumán
Santa Fe
13
Santa Fe
Buenos Aires
35
Buenos Aires
San Juan
1
San Juan
Noticias
Pescare
4
Pescare
Grupo La Provincia
1
Grupo La Provincia
El Argentino
1
El Argentino
LU 20
2
LU 20
Noticias
Roberto Garrone
(Puntonoticias)

1
Ignacio Méndez
(Telam)

1
Yanina Otero
(Ambito Financiero)

1
Tomás Barrandeguy
(La Capital /)

1
Noticias
Ultima edición (Actualiza los lunes)
Comentario Diario Precios de Cierre